El gremio criticó la nueva realidad impositiva en la industria del gas natural.
La APJ GAS presentó ante la justicia del trabajo una acción de amparo y solicitó una medida cautelar contra la restitución del Impuesto al salario y «en defensa de la integridad y de la remuneración de sus representados».
«Presentamos dos casos testigos que ejemplifican tanto a quienes no pagarían el tributo, según la escala vigente con la ley anterior y a partir de ahora pagarán, como aquellos que pagaban y a partir de la presente ley pagarán un valor superior», anunció la entidad gremial en un comunicado.
«Queda claro que se rechazó en su totalidad la ley de reformas al impuesto a las ganancias por 41 votos negativos a 31 positivos», señaló.
En esa línea, el gremio insistió: «Es más, el presidente del Senado insistió con tratar algunos puntos que habían quedado pendientes de dicho capítulo y el pleno senatorial rechazó esa pretensión por considerar que el rechazo había sido total. Ante la claridad de la votación, él mismo admitió que el proyecto había sido rechazado».
«Con ello quedó ratificado el rechazo total del proyecto de Reformas a la Ley de Impuesto a las Ganancias por la Cámara de Senadores. Posteriormente, la Cámara de Diputados insistió con su propia redacción para sancionar la ley de reformas sobre el impuesto a las ganancias a pesar de que el Senado devolvió el texto sin dicha norma porque había sido rechazada», agregó.
La APJ GAS explicó que el artículo 81 de la Constitución Nacional indica que «ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaraspodrá repetirse en las sesiones de aquel año». «El Senado lo desechó. En consecuencia, no hay ley», afirmó.
La organización gremial precisó que «los recibos de sueldo y la diferencia entre los mínimos no imponibles mensuales brutos en discusión ($3.813.478,65 contra $1.800.000 de la actual) cantan claro»
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Además, remarcó «el desconocimiento arbitrario de la exención impositiva de conceptos remunerativos convencionales lograda en septiembre 2023 (antigüedad, horas extras de sábado de domingos y feriados, adicional zona/planta, guardias pasivas, turnos, adicional Control de Gas, etc)».
Por último, destacó que «la naturaleza alimentaria del salario demuestra porqué el mismo no puede equipararse a una renta, rendimiento o enriquecimiento de quienes sí tienen ganancias, gozan de esa fuente permanente de beneficio y tienen posibilidad de desgravar todos sus gastos y costos».
«El trabajador/a no puede y se le impone un tributo confiscatorio. Los trabajadores/as de la industria del gas natural hacemos este juicio con firmes argumentos jurídicos y cifras comprobadas, de acuerdo a lo aprobado por la “Mesa Sindical El Salario No es ganancia” y como parte del camino democrático que nos caracteriza para eliminar la restitución de un impuesto nacido para quienes tienen ganancias», sentenció.