La nueva normativa del sector regula la jornada de trabajo especial en todos los yacimientos mineros del país.
El Sindicato Jerárquico Minero (ASIJEMIN) reclamó el estricto cumplimiento de la nueva normativa del sector que regula la jornada de trabajo especial en todos los yacimientos mineros del país.
El artículo 20 del CCT 798/21 señala que ningún trabajador minero debe exceder las 12 horas de trabajo al día y garantiza 12 horas de descanso. Pero también reconoce durante ese tiempo el derecho a la desconexión laboral.
«La duración de cada jornada no podrá superar las doce (12) horas corridas. Está prohibida la prestación de servicios más allá de este límite, sin perjuicio de la obligación excepcional y justificada prevista en el Artículo 203 LCT». precisó el artículo.
El sindicato advirtió que «cualquier jornada que supere las 12 horas se considera horas extraordinarias y se abonará con el recargo económico correspondiente según la legislación vigente».
«Queremos enfatizar la importancia de respetar esta normativa para evitar las consecuencias físicas y emocionales de trabajar más allá de ese tiempo», remarcó ASIJEMIN.
Cabe indicar que la nueva regulación fue incorporada por ASIJEMIN en el convenio colectivo de la actividad.